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Lic. Faustina GuarnerioLicenciada en Psicología · M.N. 79428
3 de julio de 2026 · 4 min de lectura

Perito de parte, perito de oficio y consultor técnico: cuáles son las diferencias

Balanza de la justicia dorada sobre un escritorio claro de oficina
En un proceso judicial pueden intervenir distintas figuras pericialesFoto: Katrin Bolovtsova, Pexels

En un proceso judicial pueden intervenir distintas figuras periciales. Entender la diferencia ayuda a decidir a quién conviene convocar en cada caso. Esta es una explicación breve desde la práctica de la evaluación psicológica.

Perito de oficio

Es designado por el juzgado y actúa con independencia de las partes. Su informe forma parte de la prueba pericial que el juez valora.

Balanza y martillo de juez sobre una mesa de madera clara, junto a carpetas de expediente
Perito de parte y perito de oficio son roles compatibles dentro del mismo procesoFoto: Sora Shimazaki, Pexels

Perito de parte

Es designado por una de las partes para aportar una evaluación técnica complementaria y controlar la prueba pericial. Su rol es compatible con el del perito de oficio y suma una mirada especializada al análisis del caso.

Consultor técnico

Asiste técnicamente a una de las partes en las cuestiones psicológicas del expediente: elabora puntos periciales, analiza informes, propone impugnaciones o pedidos de explicaciones y asesora la estrategia pericial.

Cuál conviene en cada caso

  • Si se busca una evaluación independiente para la propia parte: perito de parte.
  • Si se necesita revisar y controlar técnicamente una pericia ya producida: consultor técnico.
  • El perito de oficio no se elige: lo designa el juzgado.

Si tiene una causa en los fueros civil o laboral y necesita respaldo psicológico técnico, podés escribirme para analizar el caso.

Faustina Guarnerio

Licenciada en Psicología · M.N. 79428

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